Paraguay
Publican el decreto que reglamenta la Ley 7438 y crea la Dirección General de Juegos de Azar
El Gobierno paraguayo, a través de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), finalmente reglamentó la nueva legislación de juegos de azar, promulgada a comienzos de este año y que apunta a actualizar, modernizar y fortalecer la regulación de e


El Decreto 3846 reglamenta la Ley 7438/2025, que modifica y amplía la Ley 1016/1997 que establece el régimen jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar. Según el documento, la reglamentación permitirá “la aplicación e implementación efectiva en la práctica de las disposiciones de la nueva ley, para propiciar un marco regulatorio y de aplicación más moderno, transparente, eficiente y efectivo en materia de juegos de azar, todo ello en beneficio del desarrollo de esta actividad al tiempo de respetar las necesidades del bien común y los derechos de la ciudadanía en general”.
La ley 7438 impulsará, entre otras cosas, la desmonopolización de la concesión de los juegos de azar en Paraguay. Otro de los principales cambios es “la inclusión de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) como órgano desconcentrado de la DNIT”. Con esto, el ente regulador contará con mayores recursos para mejorar la lucha contra el juego clandestino, afirmaron las autoridades.
 
De acuerdo al decreto, Conajzar será integrada por un representante de la DNIT, quien presidirá la Conajzar, un representante de las gobernaciones, un representante de las municipalidades, un representante del Ministerio del Interior y un representante de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social.
Por otro lado, la nueva ley dispone la creación de la Dirección General de Juegos de Azar como órgano técnico que tendrá a su cargo la implementación y ejecución de las políticas, reglamentaciones y controles con relación a la explotación de los juegos de azar regulados por las Leyes 1016/1997, 4716/2012 y 7438/2025. Estará integrada por un director general y su estructura organizacional será dispuesta por el titular de la DNIT. Este director general tendrá el rol de coordinar la ejecución de acciones conjuntas entre Conajzar y la DNIT.
 
En cuanto a las disposiciones generales, el decreto establece que los locales que explotan juegos de azar deberán mantener una distancia mínima de 200 metros de los centros educativos, tales como escuelas, colegios, universidades y otras instituciones de enseñanzas establecidos en las normas que rigen la materia.
A su vez, la Dirección General de Juegos de Azar comunicará a los operadores o concesionarios de juegos de azar el plazo en que deberán adecuarse a los lineamientos generales para la transmisión de datos, así como en los estándares, características y condiciones técnicas de los sistemas informáticos, máquinas e implementos utilizados en los juegos de azar. En tanto, Conajzar reglamentará las documentaciones que deben expedirse como respaldo de los juegos de azar, la cual será homologada por la DNIT.
 
Dingnews.com 12/05/2025

 

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