República Dominicana promulga la ley que regula los juegos de azar y designa a Quico Tabar al frente de la nueva DGJA
Foto
El presidente Luis Abinader promulgó la nueva ley que regula los juegos de azar en la República Dominicana, y designó de manera transitoria a Teófilo “Quico” Tabar Manzur, como director general de la recién creada Dirección General de Juegos de Azar.
Tras la reciente publicación en la Gaceta Oficial (N.º 11.263) de la Ley 86-26, el Gobierno dominicano emitió el Decreto 684-26, mediante el cual Tabar asumirá la máxima autoridad ejecutiva, administrativa y de representación legal de la nueva entidad reguladora. El funcionario venía desempeñándose como coordinador del Proceso de Regularización de Juegos de Azar.
El Decreto 684-26 establece además que el Consejo Consultivo (creado originalmente mediante el Decreto núm. 533-21) continuará brindando asesoría y acompañamiento de manera honorífica a la DGJA. Esta mesa consultiva apoyará en el diseño de políticas públicas destinadas a optimizar los procesos internos y garantizar la prestación de un servicio público eficiente en el sector.
Asimismo, el Poder Ejecutivo ha instruido a todas las autoridades competentes del Estado a colaborar de forma activa con la DGJA para garantizar el efectivo inicio de operaciones del nuevo organismo gubernamental.
Cabe destacar que la promulgación de la Ley 86-26 y el nombramiento de Tabar Manzur se producen en el marco de la puesta en marcha del nuevo esquema institucional para la regulación de los juegos de azar en la República Dominicana.
Estos son los puntos clave del nuevo marco regulatorio:
Vigencia de licencias para bancas: Tras debates parlamentarios en el Congreso, las licencias operativas para bancas de lotería y puntos de venta se fijaron con una vigencia de cinco años (en lugar de los dos años previstos en los proyectos iniciales).
Casinos y tragamonedas: Para los casinos, el artículo 47 determina que únicamente podrán operar mediante una licencia otorgada por la DGJA con vigencia de diez años, reservada exclusivamente para establecimientos dentro de hoteles de cuatro estrellas o más. Las salas de máquinas tragamonedas requerirán una licencia independiente por el mismo período.
Distanciamiento mínimo de puntos de venta: Para prevenir la proliferación desordenada, la ley impone restricciones de ubicación geográfica. Se exige un límite mínimo de 500 metros respecto a escuelas, universidades, iglesias, hospitales y sedes estatales. Adicionalmente, se fijó una distancia mínima de 500 metros entre bancas deportivas/agencias hípicas y de 200 metros entre bancas de lotería (quedando los casinos exentos de esta norma).
Con la estructura de la DGJA ya en funcionamiento bajo el liderazgo transitorio de Quico Tabar, el sector del iGaming y las apuestas físicas en República Dominicana inicia una fase decisiva de formalización, fiscalización y adecuación a los estándares internacionales regulatorios.
 
Dingnews.com 05/10/2026
Ver en formato normal